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¿Por qué una Escuela de Psicoanálisis?
La Escuela internacional de Psicoanálisis de los Foros del Campo Lacaniano (EPFCL) fue creada en Diciembre de 2001, por votación en la asamblea de la Internacional de los Foros (IF), como resultado de un amplio debate sobre qué debe ser una Escuela de psicoanálisis orientada por la enseñanza de Jacques Lacan. Sus estructura y finalidades están definidas en el texto: "Principios para una Escuela orientada por las enseñanzas de Sigmund Freud y Jacques Lacan". La Escuela de Psicoanálisis de los Foros del Campo Lacaniano (EPFCL) tiene como objetivo transmitir la experiencia original que constituye el psicoanálisis, elaborar un saber sobre ello, permitir la formación de analistas, fundamentar su calificación y garantizarla y sostener (en palabras de J. Lacan) “la ética del psicoanálisis que es la praxis de su teoría”. Principios directivos para una Escuela orientada por las enseñanzas de Sigmund Freud y Jacques Lacan (Julio 2008) I - La IF y su Escuela La IF, Federación de las Asociaciones de los Foros del Campo Lacaniano, crea su Escuela. II - Denominación La Escuela se denomina: Escuela de Psicoanálisis de los Foros del Campo Lacaniano (EPFCL). En cada lugar donde haya dispositivos de Escuela, la denominación del conjunto Foro-Escuela deviene: Escuela de Psicoanálisis de los Foros del Campo Lacaniano (EPFCL) de X. (Ej: Escuela de Psicoanálisis de los Foros del Campo Lacaniano de Francia, es decir, EPFCL-Francia). III - Los textos fundadores Las funciones de la Escuela están definidas por los textos fundadores de Jacques Lacan: el Acta de fundación de la EFP de 1964, la Proposición del 9 de octubre de 1967 sobre El psicoanalista de la Escuela, el Discurso a la Escuela freudiana de París pronunciado en 1967 y publicado en 1970, la Carta a los italianos de 1973, así como los textos de 1980 sobre y alrededor de la disolución. IV - Las funciones de la Escuela La Escuela tiene por funciones: 1. sostener "la experiencia original" en que consiste un psicoanálisis y permitir la formación de analistas. 2. discernir la garantía de esta formación por el dispositivo del pase y la acreditación de los analistas "que han dado sus pruebas". 3. sostener “la ética del psicoanálisis que es la praxis de su teoría" (Jacques Lacan). V - El estatuto de la Escuela La Escuela no es una asociación jurídica, obtiene su estatuto legal de las asociaciones de los Foros donde está inserta. Por tanto, no tiene dirección asociativa, sino instancias de funcionamiento, internacionales y locales, ajustadas a sus fines. En cada lugar, los estatutos de las asociaciones jurídicas de los Foros mencionan su pertenencia a la IF-EPFCL, la existencia de la Escuela de Psicoanálisis, sus finalidades, así como sus dispositivos locales de funcionamiento, o, en su defecto, los dispositivos de Escuela a los cuales el Foro está agregado. VI - Los miembros 1.Aquellos que quieren comprometerse en la Escuela hacen su demanda ante una comisión de recepción y se inscriben en la asociación de la IF en donde esta comisión está implantada. 2. Las admisiones de los miembros de la Escuela son decididas por la comisión de recepción, especialmente en función de la participación efectiva en las actividades de la Escuela y en “la experiencia de la Escuela” en un cartel. VII - Modo de admisión Los miembros de la Escuela son admitidos por una Comisión de recepción local surgida de una Asociación Nacional, de un Foro o de un conjunto de Foros que reúne al menos 30 miembros de la Escuela. VIII - Los títulos La Escuela garantiza los analistas que resulten de su formación por los dos títulos de AE y de AME definidos en la Proposición del 9 de octubre de 1967 sobre el psicoanalista de la Escuela. IX - La garantía Es otorgada a nivel internacional por el Colegio Internacional de la Garantía. 1) Definición y funciones 2) Elección del Colegio Internacional de la Garantía 3) El Colegio elige en su seno, para todo el período de funcionamiento del Colegio, dos secretarios, encargados de llevar el registro de las demandas de pase, de las propuestas de AME recibidas, y de las decisiones tomadas por los carteles del pase y la comisión de acreditación. Redacta su reglamento interno. Simposio sobre el pase: X - La instancia epistémica Composición: Funciones: XI - Las instancias de funcionamiento de la Escuela a nivel local Las tareas correspondientes a las funciones de Escuela – Comisión de admisión de miembros, Secretariado del pase (recepción de demandas de pase, establecimiento de la lista de los pasadores), Comisión de propuesta de AME e Instancia epistémica para el trabajo de los carteles y animación del trabajo de doctrina: deben ser aseguradas en cada lugar por dispositivos ad hoc. Las condiciones de admisión de miembros por la Comisión de recepción están fijadas en el punto VI de la presente propuesta. En lo que concierne a la Comisión de la garantía (Secretariado del pase y Comisión de propuesta de AME) y a la Instancia epistémica, los dispositivos deben ser definidos en cada lugar en función del contexto, entendiéndose que sólo pueden aplicarse a una comunidad de al menos 50 miembros de la Escuela para los dispositivos de la garantía, y 30 miembros de la Escuela para los dispositivos epistémicos. Por otra parte, los delegados de la IF que son miembros de la Escuela procuran que la presencia de la Escuela sea efectiva localmente, a través de seminarios o de otras actividades de Escuela apropiadas a la situación local. En las ciudades donde ya existen comisiones de Escuela, pueden participar en ellas para hacer funcionar estas actividades de Escuela; en aquellas donde no hay comisiones de Escuela, le corresponde sostenerlas. Siendo que las situaciones son muy diferentes según los lugares, las modalidades deben ser precisadas luego del debate y el acuerdo con los miembros de los Colegios internacionales de la zona concernida. XII - Permutación y no-acumulación de mandatos Todos los cargos son permutativos, no reelegibles inmediatamente y no acumulables. En particular, no se puede acumular un cargo en una de las instancias internacionales (CIG, IMM o CAOE) y una función de Dirección en las Asociaciones o Foros locales. Tampoco son compatibles un cargo en el Colegio de Representantes y un cargo en las Instancias internacionales de la Escuela. En el caso en que la estricta aplicación de la regla vuelva el funcionamiento local imposible, el problema sería estudiado y regulado por una comisión de delegados de la IF, según modalidades que serán determinadas por la asamblea de la IF. XIII - Cláusula de revisión periódica La periodicidad y las modalidades de las revisiones ulteriores serán fijadas en ocasión de la Cita 2010.
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